RG 4249 – AFIP. Impuesto a las Ganancias. Revalúo Impositivo.
Mediante la RG 4249 publicada el 28/05/2018, se dispone la forma, plazo y demás condiciones a observar por los sujetos que opten por revaluar impositivamente sus bienes, a efectos de su registración, así como de la liquidación e ingreso del impuesto especial respectivo.
No obstante, el servicio denominado “Revalúo Impositivo” estará disponible en el sitio “web” institucional a partir del día 2 de julio de 2018. Asimismo, el plan de facilidades de pago previsto en el inciso c) del Artículo 5° estará habilitado en el servicio informático “Mis Facilidades” a partir del día 1 de agosto de 2018.
A continuación, los detalles de la RG 4249:
